Los trabajadores por cuenta propia aguardan para que se publique en el BOE la novedosa Ley de Autónomos. La nueva norma cuenta con diferentes mejoras, como las que se centran en la conciliación familiar. Las vemos en el artículo de esta semana.

El trabajador por cuenta propia podrá contratar de forma indefinida en régimen general a parejas, ascendientes, descendientes y otros familiares por consanguinidad o afinidad, hasta el 2º grado (herman@s, cuñad@s y niet@s). La primicia es que estas relaciones laborales estarán deducidas al cien por cien en la cuota empresarial a la S. S.. Esta bonificación se hará durante 1 año.

Asimismo, la nueva ley aprueba que el trabajador por cuenta propia pueda colocar, como empleado, a su hij@ discapacitad@. Lo único a tener en cuenta es que su discapacidad esté reconocida y tenga entre treinta y tres y sesenta y cinco por ciento.

Las madres emprendedoras que formen una empresa antes de los dos años desde que terminara su actividad por maternidad, podrán contar con la tarifa plana de cincuenta euros.

Asimismo, para recibir este tipo de cuota no es preciso que se supla a esa trabajadora por otr@.

Por otro lado, en la ley actual, hay una deducción de hasta un cien por cien de las cuotas por contingencias comunes, para trabajadores por cuenta propia con descendientes con hasta 7 años. Sin embargo, con la entrada de la nueva norma, podrán pedirla los padres con niñ@s a su cargo de hasta doce años.

De esta manera, se quiere que los trabajadores autónomos tengan más mejoras y que repercutan tanto en su vida familiar como profesional.