El pasado viernes 8 de Marzo, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-Ley que regulará la implantación en todas las empresas de un sistema de control presencial o de horario de trabajo de todos sus empleados. Esta medida supone un intento por parte del Gobierno de luchar contra el fraude y de controlar las horas extras que se llevan a cabo.

La falta de concreción en la metodología para llevar a cabo este control, ha provocado controversia entre Sindicatos, Gobierno y la Patronal.

Resultará además complejo, aplicar esta nueva norma a empresas de sectores como los servicios a distancia, aquellas que tengan establecidos turnos de trabajo, o por ejemplo en el caso de actividades agrícolas.

¿Cuándo?

Este Real Decreto entra en vigor dos meses después de su publicación en el BOE, por tanto, el 12 de Mayo de 2019.

¿A quién afecta?

Todas las empresas deberán llevar a cabo diariamente un registro de las horas efectivamente trabajadas por todos y cada uno de los trabajadores que formen parte de las mismas, sin distinción de tipo de contrato. En concreto, se deberá dejar constancia la hora de inicio de la jornada y la de finalización.

¿Qué método utilizar?

El método a utilizar se deja a criterio de la empresa, de tal forma que se podrá optar por métodos digitales, o bien la clásica hoja de control firmada por el empleado donde se registre su hora de entrada y salida. La forma de registro requerirá que cumpla con lo establecido en la Ley, sin perjuicio de que se puedan desarrollar detalles adicionales en cada Convenio Colectivo.

¿Cuánto tiempo se sebe guardar la información?

La información deberá estar a disposición de la Inspección de Trabajo y, en el caso que corresponda de los Representantes de los Trabajadores, durante cuatro años. Además, se deberán conservar en el propio centro de trabajo.

¿Qué sanciones hay previstas?

Se considerará como una infracción laboral grave por parte de la Inspección de Trabajo, el no conservar el registro de jornada laboral, acarreando sanciones que irán de los 626 euros a los 6.250 euros.

Ante la falta de concreción en aspectos como la metodología a utilizar, se hace imprescindible ponerse en manos de una buena asesoría laboral.