El pasado día 6 de Julio, fue aprobado en el Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley de la reforma de las pensiones. De este modo, ya se conocen las primeras líneas maestras que conformarán el nuevo panorama y cómo afectarán dichas medidas a los principales sectores que conforman el espectro económico.

Se trata de la primera piedra del componente 30 Plan de Recuperación impuesto por Bruselas. Además de la inclusión de un paquete de reformas, se aboga por la supresión de dos puntos que contemplaba la pasada reforma de las pensiones de 2013, con el anterior gobierno: las subidas anuales limitadas al 0,25% del índice de revalorización de las pensiones (IRP) y el factor de sostenibilidad, que ajustaba las pensiones de jubilación de acuerdo a la esperanza de vida de cada beneficiario.

Por otro lado, la eliminación de este factor de sostenibilidad va asociada a la inclusión de un mecanismo de equidad intergeneracional, cuya negociación se prolongará hasta el 15 de noviembre de este año y que operaría en 2027. Una medida consideradas por Moncloa como paliativa en previsión de uno de los momentos críticos para el sistema de pensiones: las jubilaciones de la generación del popularmente conocido como ‘baby boom’.

La generación del ‘baby boom’ tendrá que elegir entre recortar su pensión o trabajar más tiempo.

Jubilaciones: incentivos o coeficientes reductores 

Uno de los rasgos de la reforma es la propulsión de incentivos para aquellos trabajadores que alarguen su etapa laboral por encima de la edad de jubilación (actualmente situada en 66 años) y la retrasen. Existen dos opciones que podrá elegir el beneficiario:

  • Incentivo por cada año prolongado en el mercado laboral sobre el importe final de la pensión con una bonificación del 4%.
  • Pagos directos de cheques por cada año de retraso en la jubilación que van desde los 4.786,27 euros para los que tienen las pensiones más bajas (9.569 euros anuales) hasta los 12.060,12 para aquellos que han cotizado durante más de 44 años y medio y aspiran a la pensión máxima (37.567 euros).

En cuanto a las penalizaciones por adelantar la edad de jubilación, podemos distinguir varios casos:

  • Jubilación tras un despido: podrá jubilarse con cuatros años de adelanto respecto a la edad legal, con penalizaciones sobre la pensión de entre el 30% y el 24%, dependiendo del tiempo cotizado.
  • Jubilación ordinaria: en este caso, solo se podrá adelantar dos años a la edad legal y las penalizaciones variarán entre el 21% (con menos de 38 años y medio de cotización) hasta del 13% si el interesado ha cotizado más de 44 años y medio.

Para conocer cómo va a funcionar el sistema de cotización de los autónomos de acuerdo a sus ingresos reales, así como la elevación gradual de las bases máximas de cotización, habrá que esperar a la segunda fase del proyecto.

Por otro lado, el resto de los ciudadanos también se va a ver implicado en esta reforma de las pensiones. Y es que otra de las patas que sustentan el nuevo paquete de medidas es el traspaso del déficit de la Seguridad Social a las cuentas del Estado. Gastos como ayudas a las jubilaciones anticipadas, reducción de las cotizaciones para favorecer el empleo o el complemento de maternidad. Gastos que ahora pagarán los ciudadanos con sus impuestos en vez de con las cotizaciones de los trabajadores y empresas.

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Fuente: heraldo.es