A finales del pasado mes de enero la Seguridad Social comunicó el aplazamiento temporal de la subida de la cuota de autónomos. Así lo pactó el ministerio que dirige José Luis Escrivá con las organizaciones de autónomos (ATA, UPTA y UATAE). Esto, por cierto, se enmarcaba dentro del acuerdo que prorrogó, con algún que otro cambio, hasta el 31 de mayo, las ayudas para los trabajadores por cuenta propia que habían visto su negocio afectado por la crisis. 

Lo que estaba previsto era un aumento de la cuota de entre 3 y 12 euros, como consecuencia del acuerdo alcanzado en el 2018 y que establecía un incremento progresivo de los tipos de cotización por contingencias profesionales.

La subida estaba prevista para el pasado otoño, pero las organizaciones de los autónomos pactaron un aplazamiento para uno de los sectores más castigados por la pandemia.

Ahora, a principios de 2021, la historia ha vuelto a repetirse. Está por ver qué ocurre el 31 de mayo, fecha en la que, de momento, la cuota sumará hasta 12 euros (en el peor de los casos).

Eso sí, hay que tener en cuenta que no todos los autónomos están obligados a hacer frente al pago de la cuota, pues dependiendo de cada una, hay situaciones en las que el Estado bonifica el 100%:

  • Aquellos contratos de interinidad vinculados a la conciliación de la vida profesional y familiar, tendrán una bonificación del 100% de la cuota por contingencia común aplicada sobre la Base Media de los 12 meses anteriores. Tendrá una duración de 12 meses.
  • Aquellos trabajadores con 65 años y 38 años y 6 meses o más de cotización efectiva o 67 años y 37 años o más de cotización efectiva, también tendrán bonificada el 100% de la totalidad de las cuotas por Contingencias Comunes (excepto IT) y Contingencias Profesionales. La duración será hasta la baja. 
  • Las víctimas de violencia de genero no están obligadas a cotizar durante un periodo de seis meses.
  • Aquellos contratos de interinidad por violencia de género, tendrán una bonificación del 100% de la aportación empresarial por contingencias comunes durante el periodo de sustitución. 
  • Aquellos trabajadores con 65 años y 38 años y 6 meses o más de cotización efectiva o 67 años y 37 años o más de cotización efectiva, tendrán una exoneración del 100% de la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social por Contingencias Comunes (excepto IT).
  • Aquellos trabajadores que contraten a menores de 30 años que estén inscritos en la Oficina de Empleo tendrán también una exoneración de la cuota durante 12 meses.

Global Gest Asesores es tu asesoría especializada en pymes y autónomos. Contacta con nosotros para resolver cualquier cuestión relativa a este u otros asuntos de índole laboral, fiscal o contable.

 

Fuente: lainformacion.com