Las notificaciones 060 son un servicio que ha implantado la administración pública para hacer más fluida y eficiente su comunicación con la ciudadanía.

En este artículo, te contamos en qué consiste, cómo debes darte de alta, para que sirve este servicio y cómo funciona el buzón 060. 

¿Qué es y para qué sirve? 

Todos hemos oído hablar, pero no todos utilizamos las Notificaciones 060, y es un pesar porque este servicio es muy completo y funciona como tu asistente personal en temas de notificaciones en temas del estado. La Administración Pública ofrece un servicio para ayudarnos a no olvidar aquellas citas o trámites que tengamos que presentar a la Agencia Tributaria (AEAT).

Si eres autónomo, te interesa especialmente conocer muy bien el funcionamiento de este servicio.

Las notificaciones 060 es un servicio es gratuito que esta en uso desde el 2011 para cualquier persona física o jurídica.

A través de este servicio podemos recibir notificaciones administrativas por vía telemática al Smartphone o por email. Es decir, con estas alertas podemos recibir avisos de cualquier administración publica ya sea Seguridad Social, Hacienda, DGT (Multas), etc.

También tendremos la opción de dar acceso a una tercera persona siempre y cuando tenga un DNI electrónico. El propósito de este servicio que, aun le queda mucho por mejorar, es el de ahorrar tiempo en nuestras visitas a Hacienda.

Alta en Notificaciones 060

Para poder suscribirse solo necesitaremos el DNI electrónico en vigor o el certificado digital. Para poder activar y hacer uso de estas notificaciones electrónicas tendremos que suscribirnos a la Dirección Electrónica Habilitada. Básicamente tendremos una cuenta con un buzón de la sede electrónica donde recibiremos todas las notificaciones. Deberemos completar un formulario y pasados unos días recibiremos por correo postal las claves de acceso.

Una vez tengamos acceso podemos configurar estas 060 notificaciones para recibir aquellas que son obligatorias y las que no son obligatorias.

¿Cómo funciona?

Iremos recibiendo notificaciones de Hacienda en nuestra cuenta de la Dirección Electrónica Habilitada.

Cada aviso recibido tendrá un plazo de validez de 10 días (sin contar domingos y festivos), es decir pasado 10 días Hacienda para por echo que hemos visto la alerta. Se trata de un sistema que deja todavía deja bastante que desear ya que nos obliga ha ir comprobando por lo menos una vez a la semana si tenemos cualquier notificación.

Existe una App, aunque es más aconsejable vincular el buzón AEAT notificaciones 060 a tu mail personal, ya que la aplicación deja bastante que desear.

¿Quién debe darse de alta obligatoriamente en las Notificaciones 060?

Este servicio es en su gran mayoría opcional, aunque es muy recomendable ya que puede ahorrarnos tiempo y problemas.

Sin embargo, hay personas y organizaciones que obligatoriamente deben estar registradas.

Para saber más exactamente si estamos exentos de la notificación online, solo tenemos que fijarnos en el inicio de nuestro NIF/CIF.

  • NIF A: Sociedades anónimas.
  • NIF N: Personas físicas extranjeras (sin nacionalidad española).
  • NIF U: Uniones temporales.
  • NIF V: Agrupaciones de interés económico.
  • NIF W: Establecimientos de no residentes.

Otras personas que deben estar suscritas

  • Aquellos contribuyentes que estén inscritos en el Registro de Grandes Empresas en la Agencia Tributaria.
  • Aquellos contribuyentes que estén en el en el Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA, en el Régimen de Consolidación Fiscal del Impuesto sobre Sociedades, en el Registro de Devolución Mensual del IVA.
  • Aquellos contribuyentes que tengan autorización para presentar mediante el sistema de transmisión electrónica de datos las declaraciones aduaneras.

Quién debe recibir las Notificaciones de la seguridad Social 

  • Si realizas trámites de inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y los trabajadores en la Seguridad Social.
  • Autónomos y trabajadores por cuenta propia: obligatorio a partir del 1Octubre del 2018, ahora toda la gestión de la seguridad social deberá hacerse por internet.

¿Eres autónomo? 

A partir de Octubre del 2018 todos los autónomos deberán recibir las notificaciones de la Seguridad Social a través de su buzón en la DEH.

Qué hacer una vez recibes una Notificación 060

Podremos recibir notificaciones de una sanción, de una devolución de hacienda, o porque tenemos que enviar unas nóminas etc.

Sea cual sea la razón, anota la fecha de recepción y lee la notificación 060.

Según sea la petición cumple con lo requerido: envía la facturas, documentación, realiza el pago que solicitan, reclama o alega.

Para contestar a AEAT puedes enviar los documentos por correo ordinario o por internet a través de su propia web, solo necesitarás tu DNI electrónico. También podrás pedir cita presencial.

Hacienda hará acuse de recibe, notificará sobre la resolución. Si esta no fuera como esperas, es aconsejable que busques un asesor profesional, por ejemplo, un abogado que pueda guiarte en el proceso.

Para ello recuerda guardar bien toda la documentación que es el material para que pueda trabajar tu asesor.

Qué pasa si no leo el buzón electrónico de Hacienda 

Si por despiste no revisas tu buzón de las Notificaciones de la sede electrónica pierdes la oportunidad de poder reclamar o revisar cualquier sanción que recibas.

Es decir a Hacienda poco le importa si lees o no la notificaciones 060 y empezará a aplicar los procedimientos y el cómputo de periodos y plazos. Este sistema de notificaciones electrónicas estará visible por un plazo de 90 días, y durante este tiempo podrás leer cuantas veces quieras esta notificación y posteriormente solo podrás ser consultadas en la sede electrónica de Hacienda.

Si por un olvido no nos conectamos, puede caducar el plazo para el reclamo. Siendo esta la única vía y no muy viable, parece ser que Hacienda no muestra demasiado intereses por ayudar a sus contribuyentes.

Lo mejor antes estos casos es dejar en manos a un apoderado de nuestras notificaciones telemáticas, sobre todo si estamos dentro del grupo de los obligados a este servicio.

Si no revisamos el buzón de las notificaciones podemos perder el plazo para un trámite y podríamos tener penalizaciones. El no realizar un trámite o no realizarlo en el plazo estipulado es algo bastante común entre los españoles. La mayor causa se debe a los despistes y olvidos en la revisión de las notificaciones de la Seguridad Social o de Hacienda.

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Fuente: financer.com